Del concepto válido de que el estado de salud es una cuestión de responsabilidad personal se deriva la idea de que las personas son culpables cuando se les detectan problemas de salud y deben ser acusadas por no corregirlas por sí mismos. Al razonar de esta forma, no se tiene en cuenta que la investigación genética demuestra cada vez con mayor rotundidad que algunos defectos son hereditarios y, por tanto, aunque pueden modificarse, su corrección queda fuera del alcance del individuo.
Ejemplos de esta “inculpación de la víctima” son: (a) la postura demasiado extendida según la cual el VIH/SIDA es el justo pago por las “imprudencias” sexuales o la utilización de drogas por vía intravenosa, por lo que sus víctimas no merecen compasión ni cuidados, y (b) la imposición de barreras finan- cieras y burocráticas que dificultan a las jóvenes solteras la obtención de cuidados prenatales adecuados cuando quedan embarazadas.
Lo que es más importante, la consideración en el lugar de trabajo de la responsabilidad de las personas respecto a sus propios problemas de salud tiende a ocultar la responsabilidad de las empresas respecto a los factores de la estructura del empleo y del ambiente de trabajo que pueden poner en peligro la salud y el bienestar. Quizá un ejemplo clásico sea el de la organización que ofrece cursos de gestión del estrés para enseñar a sus trabajadores a afrontarlo con mayor eficacia, pero no analiza ni corrige las características del lugar de trabajo que generan estrés innecesariamente.
Debe reconocerse que los peligros presentes en el lugar de trabajo pueden no sólo afectar a los trabajadores y a sus familias por extensión, sino también acelerar y agravar problemas de salud generados fuera del puesto de trabajo. El respeto al concepto de responsabilidad individual en materia de salud debe matizarse por la comprensión de que los factores propios del lugar de trabajo de los que la empresa es responsable también pueden influir en cuestiones referentes a la salud. Esta conside- ración resalta la importancia de la comunicación y la coordina- ción entre los programas de promoción de la salud y los programas de salud y seguridad en el trabajo y otros afines desarrollados por las empresas cuando éstos no son competencia del mismo departamento de la organización.
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