sábado, 21 de junio de 2014

Financiación de los servicios de salud en el trabajo

Según los instrumentos de la OIT, la responsabilidad primaria de la financiación de los servicios de salud y seguridad en el trabajo recae en la empresa, sin cargo alguno para los trabajadores. En algunos países, no obstante, existen variantes al respecto. Por ejemplo, los costes de la prestación de estos servicios pueden estar subvencionados en gran parte por la organización de la seguridad social. Un ejemplo es el de Finlandia, donde la responsabilidad económica primaria recae en la empresa pero el 50 % de los costes son reembolsados por la seguridad social siempre que se acredite haber cumplido las disposiciones de salud y seguridad en el trabajo y que el comité de salud y seguridad de la empresa confirme que los servicios se han prestado correctamente.
En la mayoría de los países existen sistemas nacionales de reembolso de este tipo. En el modelo de centro sanitario comunitario, la comunidad se hace cargo de los gastos de establecimiento de las instalaciones, equipos y personal, mientras que los gastos de funcionamiento se cubren mediante el cobro de tarifas a las empresas y a los trabajadores autónomos.
Los sistemas de reembolso o subvención tienen por finalidad fomentar la disponibilidad de servicios para las empresas con restricciones económicas y especialmente para las pequeñas empresas, que no suelen disponer de los recursos necesarios. La eficacia de estos sistemas queda puesta de manifiesto por la experiencia sueca del decenio de 1980, en la que la asignación de importantes cantidades de fondos públicos a subvencionar servicios de salud en el trabajo para las empresas en general y para las pequeñas empresas en especial permitió aumentar la proporción de trabajadores cubiertos del 60 % a más del 80 %.

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