En 1985, la OIT aprobó nuevos instrumentos internacionales [el Convenio sobre los servicios de salud en el trabajo (nº 161) y su Recomendación de acompañamiento (nº 171) (OIT 1985A, 1985B)] que definían los servicios de salud en el trabajo como titulares de funciones básicamente preventivas y encargados del asesoramiento al empleador, a los trabajadores y a sus represen- tantes en la empresa acerca de los requisitos necesarios para establecer y conservar un medio ambiente de trabajo seguro y sano que favorezca una salud física y mental óptima en relación con el trabajo, así como la adaptación del trabajo a las capacidades de los trabajadores, habida cuenta de su estado de salud física y mental.
En 1980, el Grupo de Trabajo OMS/Europa para la Evaluación de los Servicios de Salud en el Trabajo e Higiene Industrial (OMS 1982) definió el fin último de estos servicios como “la promoción de las condiciones de trabajo que garanticen el máximo grado de calidad de la vida laboral mediante la protección de la salud de los trabajadores, potenciando su bienestar físico, mental y social y previniendo la pérdida de la salud y los acci- dentes.”
El amplio estudio sobre los servicios de salud en el trabajo en los 32 países de la Región Europea realizado en 1985 por la Oficina Regional para Europa de la OMS (Rantanen 1990) señaló como objetivos los siguientes principios:
• proteger la salud de los trabajadores frente a los peligros en el trabajo (principio de protección y prevención);
• adaptar el trabajo y su medio ambiente a las capacidades de los trabajadores (principio de adaptación);
• potenciar el bienestar físico, mental y social de los trabajadores
(principio de promoción de la salud);
• minimizar las consecuencias de los peligros, accidentes y lesiones profesionales, así como de las enfermedades profesionales y las relacionadas con el trabajo (principio de curación y rehabilitación);
• prestar servicios de asistencia sanitaria general a los trabajadores y sus familias, tanto curativos como preventivos, ya sea en el lugar de trabajo o desde instalaciones cercanas (principio de asistencia sanitaria primaria general).
En 1980, el Grupo de Trabajo OMS/Europa para la Evaluación de los Servicios de Salud en el Trabajo e Higiene Industrial (OMS 1982) definió el fin último de estos servicios como “la promoción de las condiciones de trabajo que garanticen el máximo grado de calidad de la vida laboral mediante la protección de la salud de los trabajadores, potenciando su bienestar físico, mental y social y previniendo la pérdida de la salud y los acci- dentes.”
El amplio estudio sobre los servicios de salud en el trabajo en los 32 países de la Región Europea realizado en 1985 por la Oficina Regional para Europa de la OMS (Rantanen 1990) señaló como objetivos los siguientes principios:
• proteger la salud de los trabajadores frente a los peligros en el trabajo (principio de protección y prevención);
• adaptar el trabajo y su medio ambiente a las capacidades de los trabajadores (principio de adaptación);
• potenciar el bienestar físico, mental y social de los trabajadores
(principio de promoción de la salud);
• minimizar las consecuencias de los peligros, accidentes y lesiones profesionales, así como de las enfermedades profesionales y las relacionadas con el trabajo (principio de curación y rehabilitación);
• prestar servicios de asistencia sanitaria general a los trabajadores y sus familias, tanto curativos como preventivos, ya sea en el lugar de trabajo o desde instalaciones cercanas (principio de asistencia sanitaria primaria general).
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