jueves, 2 de abril de 2015

Organización de los servicios de prevención (II)

Desde un punto de vista ideal, el personal asignado al servicio de salud laboral se encarga de los servicios de prevención en el lugar de trabajo, normalmente en colaboración con un departa- mento interno de educación de los trabajadores (si es que existe). Cuando el personal carece de tiempo o de los conocimientos prácticos necesarios, o cuando se requiere un equipo especial
(por ejemplo, en el caso de las mamografías), los servicios pueden obtenerse contratando a un servicio externo. Como consecuencia de las peculiaridades de algunas organizaciones, estos contratos son a veces negociados por un directivo ajeno al servicio de salud laboral. Este suele ser el caso de las organiza- ciones descentralizadas: los directores locales de las fábricas son los que negocian los contratos de servicios ajenos a la empresa. Sin embargo, es conveniente que el director médico sea el responsable de establecer el marco del contrato, verificar la competencia de los posibles proveedores y vigilar su actuación. En estos casos, aunque pueden facilitarse informes a la direc- ción, los resultados individuales deben mantenerse en el servicio de salud o en ficheros confidenciales del contratista. En ningún caso se debe permitir que esta información forme parte del expediente de cada trabajador, en el departamento de recursos humanos. Una de las grandes ventajas de que exista un servicio de salud es precisamente el poder mantener los registros de salud separados de los demás registros de la empresa bajo la supervisión de un profesional de la salud laboral y tener también la oportunidad de utilizar esta información como base para un seguimiento discreto con el fin de asegurar que los trabajadores tienen en cuenta las recomendaciones médicas importantes. Lo ideal sería que el servicio de salud laboral si es posible en colabo- ración con el médico personal de cada trabajador, proporcio- nara o supervisara los servicios recomendados de diagnóstico o tratamiento. Otros miembros del personal del servicio de salud laboral, como fisioterapeutas, masajistas terapéuticos, especia- listas en ejercicio físico, dietistas, psicólogos y asesores en materia de salud aportarán también sus conocimientos prácticos cuando sea necesario.
Las actividades de promoción y protección de la salud reali- zadas por el servicio de salud laboral deben complementar su principal función de prevención y tratamiento de accidentes y enfermedades profesionales. Cuando se introducen y gestionan adecuadamente estas medidas, pueden mejorar mucho el programa básico de salud y seguridad laboral, pero en ningún caso deben desplazarlo o dominarlo. Asignar la responsabilidad de los servicios preventivos al servicio de salud de los empleados facilita la integración sin fisuras de ambos programas y permite la utilización óptima de los recursos.


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