Las recomendaciones mencionadas se basan exclusivamente en los aspectos referentes a la salud de la madre y del feto en relación con los requisitos del trabajo. No tienen en cuenta la carga de las actividades extralaborales, como el desplazamiento al centro de trabajo, el trabajo realizado en el hogar o el cuidado de los niños y otros miembros de la familia, que pueden ser en algunos casos incluso más exigentes que el propio trabajo. Cuando es preciso realizar una modificación o una restricción del trabajo, se debe considerar si ésta es pertinente en el trabajo, en el domicilio o en ambos.
Además, existen distintos aspectos no médicos que influyen a favor o en contra de la decisión de seguir trabajando, tales como la disponibilidad de prestaciones, la posibilidad de disfrutar de un permiso retribuido o la garantía de la conservación del empleo. A este respecto, es fundamental la cuestión de si la mujer se considera discapacitada. Algunas empresas parecen entender que todas las trabajadoras embarazadas están discapacitadas y tratan de excluirlas de sus plantillas, aun cuando muchas estén en condiciones de seguir trabajando. Otras parecen pensar que todas las trabajadoras embarazadas tienden
a exagerar su discapacidad para acogerse a cualquier prestación a su alcance. Y algunas piensan incluso que un embarazo, sea o no discapacitante, no es algo que les concierna necesariamente en absoluto. De ahí que el concepto de discapacidad sea complejo y, aunque basado fundamentalmente en descubrimientos médicos, implique aspectos legales y sociales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario