sábado, 1 de abril de 2017

Enfermedad pulmonar obstructiva - Límites reguladores de la exposición al polvo

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha recomendado un “límite de exposición provisional basado en la salud” para el polvo respirable de las minas de carbón (con menos del 6 % de polvo respirable) que oscila entre 0,5 y 4 mg/m3. La OMS sugiere un riesgo de FMP de 2 por 1.000 a lo largo de una vida laboral como criterio, y recomienda que los límites se establezcan teniendo en cuenta los factores medioambientales basados en la mina, incluidos el rango de carbón, el porcentaje de cuarzo y el tamaño de las partículas.
En la actualidad, entre los principales países productores de carbón, los límites se basan en la regulación exclusiva del polvo de carbón (p. ej., 3,8 mg/m3 en el Reino Unido, 5 mg/m3 en Australia y Canadá) o en la regulación de una mezcla de carbón y sílice como en Estados Unidos (2 mg/m3 cuando el porcentaje de cuarzo es igual o inferior a 5, o (10 mg/m3)/por ciento de SiO2), o en Alemania (4 mg/m3 cuando el porcentaje de cuarzo es igual o inferior a 5, o 0,15 mg/m3 cuando no lo sea), o en la regulación del cuarzo puro (p. ej., Polonia, con un límite de
0,05 mg/m3 ).

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