jueves, 7 de julio de 2016

INSPECCION MEDICA DEL TRABAJO - Misión (VI)

Además de estas actividades básicas, el Departamento de Inspección Médica del Trabajo colabora también con los depar- tamentos de relaciones industriales y de recursos humanos en todos los casos en que intervienen aspectos médicos del trabajo (especialmente los que afectan a los trabajadores discapacitados, los candidatos a la educación continuada y los solicitantes de trabajo) y es responsable de la dirección, coordinación y forma- ción de los inspectores médicos regionales y de su educación técnica continuada. Por último, la oficina central del Departamento realiza también actividades de consultoría y es la representante oficial del Estado en cuestiones relativas a la medi- cina del trabajo.
Los Departamentos de Inspección Médica del Trabajo central o regionales del Departamento de Trabajo pueden ser reque- ridos para intervenir cuando otros servicios gubernamentales que carecen de servicios de inspección médica propios (princi- palmente el Departamento de Sanidad y Seguridad Social) tienen problemas relativos a la prevención o corrección de peli- gros para la salud en el trabajo. Estos servicios del Departa- mento de Trabajo pueden ayudar también a constituir departamentos de prevención médica. Excepto en los casos en que la parte solicitante es otro servicio público de inspección de trabajo, el papel del Departamento suele estar limitado al asesoramiento.


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