A menudo se producen confusiones debido al uso de la expresión servicios de salud en el trabajo para designar, indistintamente:
• la prestación de servicios de salud en el trabajo (es decir, la contribución de los profesionales de la salud a la salud y la seguridad en el trabajo);
• los mecanismos establecidos para la prestación de dichos servicios (es decir, los servicios de salud en el trabajo como parte de la infraestructura de protección y promoción de la salud de los trabajadores).
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