sábado, 13 de julio de 2013

Infraestructuras de los servicios de salud en el trabajo

Las infraestructuras para la prestación de los servicios de salud en el trabajo están insuficientemente desarrolladas en la mayor parte del mundo, incluidos los países desarrollados y en vías de desarrollo. La necesidad de dotarse de estos servicios es especialmente acuciante en los países en vías de desarrollo y en los recién industrializados, que representan ocho de cada diez trabajadores del mundo. Si estuvieran adecuada y eficazmente organizados, estos servicios contribuirían significativamente no sólo a la salud de los trabajadores, sino también al desarrollo socioeconómico global, la productividad, la salud medioambiental y el bienestar de los países, las comunidades y las familias (OMS 1995b; Jeyaratnam y Chia 1994). Unos servicios de salud en el trabajo eficaces no sólo reducirían el absentismo por enfermedad evitable y las discapacidades profesionales, sino que ayudarían también a controlar los costes de la asistencia sanitaria y la seguridad social. Por tanto, el desarrollo de unos servicios de salud en el trabajo que cubran a todos los trabajadores está plenamente justificado tanto desde el punto de vista de la salud de éstos como desde el de la economía. Las infraestructuras para la prestación de los servicios de salud en el trabajo deben permitir una ejecución efectiva de las actividades necesarias para alcanzar los objetivos del servicio (OIT 1985a, 1985b; Rantanen, Lehtinen y Mikheev 1994; OMS 1989b). Para permitir la necesaria flexibilidad, el artículo 7 del Convenio de la OIT nº 161 establece que los servicios de salud en el trabajo pueden organizarse como servicios para una sola empresa o como servicios comunes a varias empresas. O bien, de conformidad con las condiciones y las prácticas nacionales, ser organizados por las empresas o los grupos de empresas inte- resadas, los poderes públicos o servicios oficiales, las instituciones de seguridad social, cualquier otro organismo habilitado por la autoridad competente, o una combinación de cualquiera de las fórmulas anteriores.
Algunos países regulan la organización de los servicios de salud en el trabajo en función del tamaño de la empresa. Por ejemplo, las empresas más grandes tienen que establecer su propio servicio interno, en tanto que las medianas y pequeñas deben participar en servicios conjuntos. Por lo general, la legisla- ción es flexible en cuanto a la elección de los modelos estructu- rales de los servicios de salud en el trabajo para ajustarse a las circunstancias y prácticas locales.

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