domingo, 23 de septiembre de 2012

Ser vicios de asistencia sanitaria en el trabajo y ser vicios sanitarios generales preventivos y curativos (II)


La Recomendación de la OIT sobre los servicios de salud en el trabajo (nº 171) promueve la prestación de servicios de asis- tencia sanitaria curativa y general como funciones propias de los servicios de salud en el trabajo cuando resulten adecuados. Habida cuenta de la legislación y la práctica nacionales, los servicios de salud en el trabajo podrán asumir o participar en una o más de las siguientes funciones curativas en relación con las enfermedades profesionales:

• el tratamiento de los trabajadores que no hayan interrumpido su trabajo o que se hayan reintegrado al mismo tras una ausencia;
• el tratamiento de las enfermedades profesionales y de las afecciones agravadas por el trabajo;
• el tratamiento de víctimas de accidentes del trabajo;
• los aspectos médicos de la reeducación y readaptación profesionales.

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